Vuelo cancelado o retrasado. ¿Qué derechos tengo?

En los últimos días el tema de los overbooking en las aerolíneas ha estado en boga, a raíz de un  video que se hizo viral en las redes sociales, por la atención dada a un viajero en una situación similar. Sucede que en varias ocasiones no sabemos qué hacer ante un overbooking o un vuelo cancelado/retrasado y en nuestro afán de llegar o de salir lo antes posible de esa situación y llegar a nuestro destino, olvidamos que tenemos derechos como viajeros. 

Por si sucede, a la hora de volar debemos conocer cuáles son los derechos como pasajero de un vuelo y cómo reclamarlos,  existen empresas como Airhelp o Gate28 que nos  facilitan esta gestión.

A continuación se detallan los derechos ante estas situaciones: 
1.    Derecho a la información: las aerolineas deben facilitar un folleto informativo donde se detallen los mismos, sobre todo en materia de asistencia y compensación. 
2.    Junto al mostrador de facturación la compañía aérea debe tener un cartel que avise de que tenemos derechos como pasajero.
3.    En caso de que  avisen  con varios días de antelación, existen  tres opciones: el derecho al reembolso del precio del billete, total o parcial, a cobrar en siete días; un vuelo alternativo en el mismo día de la cancelación y en condiciones similares; o un vuelo alternativo en un día posterior que te convenga.
4.    Cuando la comunicación de la cancelación se produce en el mismo aeropuerto, tenemos  derecho a la atención. Esto supone comida y refrescos gratis, en función del tiempo que tienes que esperar en el aeropuerto, hasta la salida de un vuelo alternativo ofrecido por la compañía.
5.    Ser transportado hasta su destino por el medio transporte alternativo más rápido posible. 
6.    Deben facilitar, además, llamadas telefónicas gratuitas, o el envío de mensajes por fax o correo electrónico.
7.    En caso de que la cancelación/retraso se produzca a última hora del día la compañía debe asumir la responsabilidad del traslado, alojamiento y alimentación del los pasajeros hasta el horario del vuelo alternativo. 

Además de lo anteriormente planteado, también tenemos  derecho a una compensación económica que  subsane  los inconvenientes de la cancelación. La misma varía en función de la distancia del trayecto y destino: 

•    En vuelos de hasta.1500 km, 250 euros 
•    En vuelos entre 1.500 y 3.500 km, 400 euros 
•    Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km, 400 euros 
•    Vuelos de más de 3.500 km, 600 euros

También existen otras circunstancias donde la Compañía no debe abonar compensación alguna. 
1-    Si demuestra que la incidencia se debió a "circunstancias excepcionales," las cuales debe justificar. 
2-    Si informa de la cancelación con antelación suficiente: 
•    un mínimo de dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista.
•    entre dos semanas y siete días siempre que ofrezca al pasajero un transporte alternativo que le permita salir con no más de 2 horas de antelación y llegar a su destino final con no más de 4 horas de  retraso respecto a su vuelo original
•    menos de 7 días, siempre que ofrezca al viajero un transporte alternativo que le permita salir con no más de 1 hora de antelación y llegar a su destino final con no más de 2 horas de retraso respecto a su vuelo original.

En caso de que nos suceda alguna de estas situaciones, y esperemos que no, ya conocemos que derechos tenemos para hacerlos valer. 

 

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